El administrador apostólico de la diócesis de Huesca, monseñor Vicente Jiménez Zamora, ha firmado con fecha del 4 de noviembre de 2024 el decreto sobre la concesión de la Indulgencia plenaria durante el Jubileo que va a celebrarse durante el próximo año 2025 convocado por el Papa Francisco con la bula Spes non confudit y que tiene como lema Peregrinantes in spem (Peregrinos de esperanza).
La Indulgencia plenaria suprime plenamente la pena que se debe pagar por los pecados cometidos y confesados hasta ese momento. El Código de derecho canónico (c. 992) y el Catecismo de la Iglesia católica (n. 1471), definen así la indulgencia: “Es la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya perdonados, en cuanto a la culpa, que un fiel dispuesto y cumpliendo determinadas condiciones consigue por mediación de la Iglesia, la cual, como administradora de la redención, distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo y de los santos”.
Así, desde la inauguración del Jubileo, el domingo 29 de diciembre de 2024, fiesta de la Sagrada Familia; hasta la clausura, el domingo 28 de diciembre de 2025, también fiesta de la Sagrada Familia, los fieles verdaderamente arrepentidos, excluyendo todo afecto de pecado y movidos por el espíritu de caridad, podrán ganar la Indulgencia plenaria, aplicable a las almas del Purgatorio en forma de sufragio, cumpliendo las tres condiciones acostumbradas: Confesión sacramental, Comunión eucarística y Oración por las Intercesiones del Santo Padre.
Los lugares serán la Santa Iglesia Catedral de Huesca y la Basílica de San Lorenzo, también en la capital oscense.
También podrán ganar la Indulgencia plenaria las monjas de clausura, los enfermos, los ancianos, los reclusos y las personas que por causas graves no puedan salir de casa:
-Si tienen verdadero arrepentimiento de los pecados.
-Si cumplen las tres condiciones acostumbradas lo antes posible.
-Si se unen espiritualmente a las celebraciones jubilares, ofreciendo al Señor sus sufrimientos y oraciones.
En el decreto se exhorta a los sacerdotes, dotados de facultades para oír confesiones, que se ofrezcan con ánimo diligente y generoso para la celebración del sacramento de la Penitencia.