Se acaba de aprobar en España la llamada ley de «desahucios exprés», para hacer frente al grave problema de la ocupación de pisos vacíos, por personas que se quedan a vivir en ellos, al carecer de vivienda propia .
Son conocidos como «okupas» y suelen ser personas en riesgo de exclusión social: vagabundos, punkies, arruinados…sin presente ni futuro.
Una vez metidos en propiedad ajena, hacen de ella su casa, y se resisten a abandonarla cuando son requeridos para ello por el legítimo propietario o por el juez.
Nos encontramos ante un problema legal y moral.
Legal porque, si bien es cierto que la Constitución española consagra el derecho de toda persona a disfrutar de una vivienda digna, no lo es menos el reconocimiento y protección que da al derecho a la propiedad privada.
La propiedad privada es uno de los fundamentos del desarrollo y crecimiento personal y social. La economía de un país, ya no solo la familiar, depende mucho del respeto que se tenga por la propiedad privada.
Esto no significa que sea un derecho ilimitado, puesto que la propiedad en España tiene siempre limitado su ejercicio por la función social a que debe estar orientado el ejercicio de la misma.
Al propietario hay que respetarlo siempre: Solo puede ser privado de su derecho por causa de utilidad pública o interés social y mediante el pago de una justa compensación económica, llamada justiprecio. La expropiación forzosa es algo excepcional y tiene que estar muy justificada.
El propietario de un piso vacío tiene todo el derecho a tenerlo en ésta situación, mientras espera la aparición de un inquilino que se lo alquile mediante el pago de una renta o a la boda de su hijo para dárselo…El no es el responsable de la situación de precariedad en la que viven otras personas, ni mucho menos el obligado a dar solución a sus problemas de vivienda.
Son los poderes públicos, como también dice la Constitución, los encargados de dictar y ejecutar las medidas necesarias para paliar este grave problema social.
Por todo ello, lo legal y lo justo, es proteger al propietario en sus derechos y proceder al desalojo de su vivienda indebidamente ocupada, con una ley que le dé medios efectivos y rápidos para conseguirlo.
¿Y que hay de la moral?
¿Es que acaso los cristianos no estamos llamados a practicar la caridad, a ayudar a los «descartados» de la sociedad, en palabras del Papa Francisco?
Por supuesto que sí. Pero se desenfoca el problema haciéndolo girar sobre una presunta «obligación moral» del propietario de un piso vacío a dejar que sea ocupado por quien carece de él. Nadie está obligado a ceder el uso de su propiedad a otro.
El ejercicio de la caridad puede hacerse de muchos modos: incluyéndolo en la bolsa de alquiler social que hay en todos los ayuntamientos, ayudando a instituciones como Cáritas que canalizan sus esfuerzos y medios económicos en ayudar a estas personas, etc…
Lo que no se puede hacer es obligar. Eso no es justo ni moral .
Es fácil hacer demagogia con este tema. Es fácil disparar con pólvora del rey porque no es nuestra y nos sale barata…
Hay que ser serios: Caridad toda, pero justicia y protección de derechos, también. Si no, corremos el riesgo de perder seguridad jurídica y con ello la paz social.
Al igual que no se nos ocurre entrar a robar para dar de comer, no podemos robar propiedades o justificar ésta acción para dar vivienda al necesitado.
No hay verdadera CARIDAD SIN JUSTICIA.