Decreto del obispo de Tarazona sobre las medidas a tomar para la apertura de los templos en la Fase I

Diócesis de Tarazona
5 de mayo de 2020

Ante la emergencia sanitaria motivada por la pandemia del Covid-19, tras haber sido decretado el “estado de alarma” por el Gobierno de España el 14 de marzo, y con la voluntad de contribuir a evitar la expansión del coronavirus decidí, mediante Decreto de 14 de marzo, el cierre de todos los templos e iglesias de la Diócesis de Tarazona hasta que remitiese el alto riesgo de contagio. Por el mismo Decreto dispensé la obligación de participar en la Eucaristía los domingos y demás días de precepto (cf. c. 1247 CIC) a todos los fieles cristianos de la Diócesis de Tarazona, hasta el momento en que las autoridades sanitarias competentes declararan el cese de la actual emergencia sanitaria.

Como ya os comunicamos, el Gobierno de España ha previsto y establecido cuatro fases para ir suprimiendo gradualmente las medidas restrictivas decretadas para luchar contra la pandemia, que afectan también a las celebraciones y otros actos de culto en los templos católicos, así como a otras actividades pastorales de la Iglesia Católica. Las fechas del comienzo de cada fase serán fijadas por el Ministerio de Sanidad. A día de hoy, el comienzo de la Fase 1 está previsto para el día 11 de mayo, en la que se permitirá la asistencia a los lugares de culto bajo determinadas condiciones.

Ante esta circunstancia, todos tenemos la grave responsabilidad moral de prevenir el contagio de la enfermedad, poniendo los medios oportunos para evitar contagiar y ser contagiados. Por ello, todos hemos de observar las medidas de distancia social y el resto de las medidas de prevención, establecidas o recomendadas, por las autoridades civiles o eclesiásticas.

Por tanto, en diálogo con el Vicario General y asesorado por el Delegado Diocesano de Liturgia en virtud de las facultades que me confiere el derecho de la Iglesia, a tenor de los cc. 85-93 y c.1213 del Código de Derecho Canónico, por el presente

                                                           DECRETO

1.-La reapertura de las iglesias y templos en la Diócesis de Tarazona a partir del día 11 de mayo de 2020 en las condiciones y con las disposiciones establecidas por las Medidas de prevención en la diócesis de Tarazona, para la celebración del culto público en la desescalada (Fase I). Documento adjunto a este Decreto.

2.- La prórroga de la dispensa de la obligación de participar en la Eucaristía los domingos y demás días de precepto (cf. c. 1247 CIC), para quien no pueda acudir al templo a causa del actual estado de emergencia sanitaria, invitando, en este caso, a la lectura de la Palabra de Dios, a la oración en las casas y a seguir la Santa Misa a través de los medios de comunicación social. También, insto a las personas mayores, enfermas o en situación de riesgo a que valoren la conveniencia de no salir de sus domicilios. Si se va a dar la comunión a las personas mayores, preguntar antes a los familiares. 

Dada la limitación de la asistencia del número de fieles a los templos según su aforo total, que previsiblemente establecerán las autoridades sanitarias para las distintas fases hasta la reapertura total de los templos, pido a los sacerdotes que aumenten el número de Misas los domingos, días de precepto y sus vísperas, allí donde sea necesario y posible, para que los fieles puedan participar en la Santa Misa y cumplir con el precepto dominical evitando aglomeraciones

3.- La aplicación y observancia en nuestra Diócesis por todos los sacerdotes, religiosos, religiosas y fieles laicos de las Disposiciones del documento Medidas de prevención en la diócesis de Tarazona, para la celebración del culto público en la desescalada (Fase I).

4.- Los sacerdotes que se vean en situaciones especiales, se lo comunicarán al Vicario General y se hará saber a los feligreses el motivo, para que acepten con agrado la decisión.

5.- Mantener la suspensión de las visitas turísticas a los templos y museos de la Iglesia, hasta nueva disposición. 

Os agradezco el esfuerzo que habéis hecho en esta etapa de confinamiento y reconozco la enorme labor realizada para ofrecer virtualmente la Eucaristía a tantos feligreses que lo han agradecido enormemente, así como las ayudas de Cáritas y Cofradías hacia las residencias y los más necesitados, la oración de los Monasterios de Vida Contemplativa y el enorme trabajo de las religiosas de Vida Activa.

Os doy las gracias por haberos desprendido de vuestro sueldo y os animo a que sigamos colaborando en tantas necesidades que nos van a aparecer en este nuevo caminar. Sigamos rezando por el fin de la pandemia, por los fallecidos y sus familiares, por los contagiados, por el personal sanitario y de servicios, por los trabajadores y los empresarios, por las familias y el Estado, acogiéndonos a la intercesión de Nuestra Señora la Virgen de la Huerta, las advocaciones de cada una de vuestras parroquias y los Santos Patronos de nuestra diócesis y pueblos. Que Ellos iluminen nuestro caminar, que deseamos se llene de fe, esperanza y amor.

El presente Decreto y las Disposiciones citadas entran en vigor el día 11 de mayo, y serán promulgadas con su publicación inmediata en la página web del Obispado de Tarazona y permanecerán vigentes hasta nuevo aviso.

En Tarazona a 5 de mayo de 2020.

                              + Eusebio Hernández Sola, O.A.R.

                                 Obispo de Tarazona

Por mandato de S.E. Rvdma.

Javier Bernal Gimeno                                   

Canciller-Secretario General

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